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19 sept 2016

Tribunal Constitucional tiene la opción de proteger a indígenas aislados

Foto: FENAMADFoto: FENAMAD
Servindi.- El Tribunal Constitucional está próximo a emitir una sentencia que debe sentar un precedente importante sobre la legitimidad para obrar en defensa de las poblaciones en aislamiento y contacto inicial, las más vulnerables y desprotegidas del país.
Se trata de un recurso de amparo presentado por el  Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS) el 2012 para que se respeten los derechos de las poblaciones indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial que habitan la Reserva Territorial Indígena Kugapakori, Nahua, Nanti.
La demanda es apoyada por la ónorganización amazica AIDESEP que se incorporó como litisconsortes facultativos en marzo de 2016.
La demanda de amparo frente al estudio de impacto ambiental de Pluspetrol que amplía sus operaciones en el lote 88 recibió el respaldo del Instituto de Defensa Legal (IDL) que presentó un informe especializado (amicus curie) para reforzar la demanda que debe ser resuelta por el Tribunal Constitucional.
A continuación el artículo informativo sobre el tema elaborado por IDLADS:

La oportunidad del Tribunal Constitucional de proteger a los indígenas aislados

Por IDLADS
.- Desde los años 80 los diversos pueblos en aislamiento voluntario y contacto inicial (PIACI) padecen una serie de afectaciones tanto a su territorio, como a su estado de salud ue se ha visto agravada por el contagio de epidemias e intoxicaciones que les causa altas tasas de mortalidad. Las afectaciones se deben principalmente a la presencia externa de agentes petroleros, gasíferos y otros, en sus territorios ancestrales, lo que desencadena en un primer momento enfrentamientos violentos y desplazamientos poblacionales hacia zonas ocupadas por otros pueblos, provocando agresiones y conflictos entre ellos, por conseguir un espacio vital donde sobrevivir.
A la fecha, se sabe que pueblos indígenas como el Nahua o Yora presenta altos contenidos de mercurio en la sangre, y se estima que el 80 por ciento de sus habitantes se encuentran intoxicados de mercurio.
Pero lo más triste de esta situación es la inactividad por parte del Estado para atender la intoxicaciíon que los aqueja. El mismo Ministerio de Salud ha reconocido que estos pueblos son vulnerables ante enfermedades infecciosas y virales, para las que no tienen defensas inmunológicas.
Según el informe de la Oficina General de Epidemiología del Ministerio de Salud (MINSA) denominado “Pueblos en situación de extrema vulnerabilidad: El caso de Nanti de la reserva territorial Kugapakori Nahua Rio Camisea, Cusco”, “los pueblos en situación de aislamiento y contacto inicial son desde el punto de vista de la salud, poblaciones en situación de alto riesgo y vulnerabilidad ante enfermedades infecciosas y virales.”(1)
Mujer indígena en aislamiento, visiblemente enferma. / Foto: FENAMAD
Mujer indígena en aislamiento, visiblemente enferma. / Foto: FENAMAD
La Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP) es la principal organización indígena de la Amazonía peruana que viene solicitando reiteradamente a las entidades estatales competentes, información sobre el envenenamiento por mercurio del Pueblo Nahua, y atención médica urgente ante su padecimiento.
En noviembre de 2015, ante tanta presión, el Ministerio de Salud realizó un análisis de la situación de salud, a parte de la población afectada por el metal pesado, sin embargo hasta la fecha no se ha tenido respuesta alguna de sus resultados, y mucho menos los informes médicos del estado de salud de los Nahua analizados. por lo que se llegaría a la conclusión de que el gobierno viene ocultado información sobre el estado de salud de los mismos, quienes también están expuestos a otras enfermedades como la hepatitis B, las diarreas agudas, la tuberculosis y padecimientos respiratorias, entre otros.
Foto: Survival
Foto: Survival
A todo ello, se suma que desde el año 2000 la empresa Pluspetrol S.A viene operando el Lote gasífero 88, más conocido como el Proyecto Camisea, que se superpone y hace presión sobre la Reserva Territorial Kugapakori, Nahua, Nanti (RTKNN), y que si bien no se tiene certeza de que la fuente del envenenamiento de mercurio sea el desarrollo de este proyecto, tampoco las autoridades han descartado que pueda estar relacionada a su actividad extractiva.
FUENTE: Derecho, Ambiente y Recursos Naturales.
FUENTE: Derecho, Ambiente y Recursos Naturales.
En el año 2011, Pluspetrol presentó al Ministerio de Energía y Minas (MINEM), el proyecto para la primera fase de ampliación del Lote 88, el mismo, que un año después obtuvo el permiso solicitado, consistente en la construcción de tres pozos en la zona de San Martín Este(2), que se extiende a una zona adicional dentro de la RTKNN.
Ante ello, en el año 2012, el Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS) interpuso una acción judicial de amparo(3) a favor de estos pueblos aislados, en el que se exige que esta empresa, respete el derecho a la autodeterminación, la vida, la salud, la identidad étnica y cultural, al territorio, a un ambiente sano y equilibrado, y el derecho a la consulta previa de las poblaciones indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial que habitan la Reserva Territorial Indígena Kugapakori, Nahua, Nanti.
Esta demanda fue apoyada por AIDESEP, cuya incorporación como litisconsortes facultativos al proceso, se presentó en marzo de 2016, y ha permitido impulsar el proceso, dándole un giro positivo al mismo. Se ha ganado en la segunda instancia del caso exhortándose al Juez de primera instancia que vuelva a calificar la demanda de manera más rigurosa, atendiendo los derechos constitucionales amenazados.
Foto: FENAMAD
Foto: FENAMAD
También en el 2012, Pluspetrol presentó otro Estudio de Impacto Ambiental (EIA) al MINEM, para la segunda fase de la ampliación, denominado “Estudio de Impacto Ambiental para la Ampliación del Programa de Exploración y Desarrollo en el lote 88”, al que nuevamente el IDLADS, interpuso otro recurso de amparo(4) solicitando que se resguarden los derechos constitucionales de estos pueblos indígenas.
Adicionalmente se pidió que se le ordene al MINEM abstenerse de aprobar el mencionado EIA, por no haber sido sometido a consulta previa con las organizaciones indígenas que en representación de estas poblaciones vulnerables, serían los legitimados para ser parte de este procedimiento.
Esa última demanda que se encuentra en el Tribunal Constitucional, ha sido respaldada por el Instituto de Defensa Legal (IDL) con la presentación de un amicus curie (informe especializado) para reforzar los argumentos expuestos en la demanda y visualizar las transgresiones a los derechos fundamentales de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario.
Esta situación de falta de atención se extiende a otros indígenas aislados, y ha sido motivo de preocupación de la Organización Regional AIDESEP Ucayali (ORAU), quienes han solicitado mayor protección para la Reserva Indígena Isconahua, la propuesta de Reserva Indígena Sierra del Divisor Occidental (Kapanahua), el Parque Nacional Sierra del Divisor, entre otros.
A ello, también se sumó la voz la Organización de los Pueblos Indígenas del Oriente (ORPIO) quienes vienen denunciando la desatención del Estado a solicitudes de creación de reservas indígenas cuya única finalidad es la defensa de la vida de los pueblos indígenas en aislamiento que transitan por la zona Yavari-Tapiche en Loreto.
Actualmente, el caso se encuentra en manos del Tribunal Constitucional, cuya sentencia está muy próxima a emitirse, por lo que estamos a la espera de que se siente un importante precedente sobre la legitimidad para obrar en defensa de estas poblaciones, y sus derechos constitucionales.
Adviértase que no solo los pueblos en aislamiento voluntario de la Reserva Territorial Kugapakori, Nahua, Nanti son los únicos afectados, sino de manera indirecta, lo son otros pueblos aislados de las regiones de Loreto y Ucayali, quienes se ven expuestos día a día, a las actividades extractivas, a la indiferencia, y al olvido de nuestra sociedad y autoridades nacionales.

Notas:

(1) Oficina General de Epidemiología del Ministerio de Salud “Pueblos en situación de extrema vulnerabilidad: El caso de Nanti de la reserva territorial Kugapakori Nahua Rio Camisea, Cusco”, PERU/MINSA/OGE – 04/009 & Serie Análisis de Situación de Salud y Tendencias, diciembre 2003. Puede ser revisado en: http://www.dge.gob.pe/publicaciones/pub_asis/asis12.pdf.
(2) Ministerio de Energía y Minas. Resolución Directoral 102-2012-MEM-AAE, 13 de abril de 2012. Citado de: Conrad Feather / Forest Peoples Programme: Vulnerando los derechos y amenazando vidas: el proyecto de gas de Camisea y los pueblos indígenas en aislamiento voluntario, 2014, p. 2.
(3) Exp. Nº 15910-2012, 5ta Sala Civil de la Corte Superior de justicia de Lima
(4) Exp. Nº 1460-2015-AA, Tribunal Constitucional
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Fuente: Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible IDLADS PERÚ

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