En las zonas de mayor riesgo en Campeche realizará un “monitoreo ciudadano”
Ciudad de México, 16 de junio de 2016. Apicultores, comunidades mayas y ambientalistas alertaron de la gravedad de la posible siembra de soya transgénica en Campeche a pesar de la suspensión dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); exigieron a las autoridades cumplir la ley y vigilar que las empresas y productores privados la cumplan.
Las comunidades adelantaron que realizarán un monitoreo ciudadano en las zonas de mayor riesgo en Campeche realizarán y denunciarán los casos encontrados; en caso de confirmarse que se está sembrando la soya transgénica, la Consulta Indígena -que debe ser previa, libre e informada- será suspendida.
“Exigimos a las autoridades que establezcan todas las medidas de bioseguridad necesarias para garantizar que la sentencia será obedecida, y que el proceso de consulta a las comunidades mayas ordenado por la SCJN y por la Recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, no sea una simulación”, llamaron en un comunicado público.
Las organizaciones Greenpeace e Indignación demandaron la semana anterior a la empresa Monsanto y a quien resulte responsable por la posible siembra de soya genéticamente modificada en el estado de Campeche, donde la trasnacional ha expresado su intención de comercializar semillas transgénicas para el ciclo agrícola que inicia el próximo 15 de junio.
En 2012, Monsanto pidió autorizaciones para la siembra de soya transgénica resistente al herbicida glifosato en los municipios campechanos de Champotón, Hecelchakán, Hopelchén, Tenabo, Calkiní, Escárcega, Carmen y Palizada, a lo que se opusieron las comunidades indígenas y apicultores. El 4 de noviembre de 2015, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de comunidades mayas de Yucatán y Campeche al suspender el permiso otorgado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Social, Pesca y Alimentación (SAGARPA) a la empresa para la siembra comercial de 253 500 hectáreas de soya genéticamente modificada en siete entidades del país, incluyendo a las tres que integran la Península de Yucatán. De acuerdo con la sentencia de la SCJN, las autoridades federales violaron el derecho a la consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada a las comunidades mayas de Yucatán y Campeche, por lo que el permiso de siembra de soya genéticamente modificada fue suspendido hasta que se realice la consulta.
Representantes de las comunidades quejosas en los Juicios de Amparo 753/2012 y 762/212 reiteraron que la resolución de la Suprema Corte es clara al determinar que se prohíbe la siembra de soya en los ocho municipios para los que se solicitó el permiso: Champotón, Helcechakán, Hopelchén, Tenabo, Calkiní, Escárcega, Carmen y Palizada, del estado de Campeche. Recordaron que en el caso del municipio de Campeche no existe autorización para la siembra pues dicho municipio no fue incluido como parte del permiso solicitado.
“En consecuencia, la siembra de soya transgénica en cualquiera de los municipios señalados (los 8 protegidos por la sentencia de la SCJN y el de Campeche) constituye, además de la violación de un mandato judicial, posibles delitos de carácter federal que ameritarían una investigación por parte de la Procuraduría General de la República”, advirtieron.
Las comunidades señalaron que es preocupantes que las autoridades responsables de garantizar que no se efectúe la siembra y las responsables de la consulta (Sagarpa, Senasica, CIBIOGEM y CDI), no hayan aclarado los efectos de la resolución, ni establecido una postura clara para generar certidumbre a las comunidades.
Las organizaciones y los afectados pidieron que las autoridades encargadas de ejecutar la consulta se apeguen a los estándares internacionales en la materia y los lineamientos establecidos por la SCJN, incorporando las observaciones y recomendaciones que, a partir de dos informes documentados, les ha hecho llegar la “Misión de Observación” constituida para darle seguimiento al proceso de consulta. “También insistimos en que es obligación del Poder Judicial Federal garantizar que los términos de la sentencia sean cumplidos a cabalidad por las autoridades responsables. En ese sentido ya se ha solicitado al Juez Segundo de Distrito en el estado de Campeche, que garantice la adecuada ejecución de la sentencia y tome las medidas adecuadas para verificar que el mandato judicial será debidamente cumplido”, informaron.
Las comunidades reiteraron que si se está violando la suspensión de la siembra detendrán la consulta, pues ésta “no puede ser una simulación, ni tampoco es un requisito administrativo más que cumplir; es un proceso de diálogo intercultural en donde la opinión de las comunidades debe ser fundamental para determinar la continuidad o implementación de cualquier política pública que pueda afectar a los pueblos indígenas”.
Las comunidades adelantaron que realizarán un monitoreo ciudadano en las zonas de mayor riesgo en Campeche realizarán y denunciarán los casos encontrados; en caso de confirmarse que se está sembrando la soya transgénica, la Consulta Indígena -que debe ser previa, libre e informada- será suspendida.
“Exigimos a las autoridades que establezcan todas las medidas de bioseguridad necesarias para garantizar que la sentencia será obedecida, y que el proceso de consulta a las comunidades mayas ordenado por la SCJN y por la Recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, no sea una simulación”, llamaron en un comunicado público.
Las organizaciones Greenpeace e Indignación demandaron la semana anterior a la empresa Monsanto y a quien resulte responsable por la posible siembra de soya genéticamente modificada en el estado de Campeche, donde la trasnacional ha expresado su intención de comercializar semillas transgénicas para el ciclo agrícola que inicia el próximo 15 de junio.
En 2012, Monsanto pidió autorizaciones para la siembra de soya transgénica resistente al herbicida glifosato en los municipios campechanos de Champotón, Hecelchakán, Hopelchén, Tenabo, Calkiní, Escárcega, Carmen y Palizada, a lo que se opusieron las comunidades indígenas y apicultores. El 4 de noviembre de 2015, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de comunidades mayas de Yucatán y Campeche al suspender el permiso otorgado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Social, Pesca y Alimentación (SAGARPA) a la empresa para la siembra comercial de 253 500 hectáreas de soya genéticamente modificada en siete entidades del país, incluyendo a las tres que integran la Península de Yucatán. De acuerdo con la sentencia de la SCJN, las autoridades federales violaron el derecho a la consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada a las comunidades mayas de Yucatán y Campeche, por lo que el permiso de siembra de soya genéticamente modificada fue suspendido hasta que se realice la consulta.
Representantes de las comunidades quejosas en los Juicios de Amparo 753/2012 y 762/212 reiteraron que la resolución de la Suprema Corte es clara al determinar que se prohíbe la siembra de soya en los ocho municipios para los que se solicitó el permiso: Champotón, Helcechakán, Hopelchén, Tenabo, Calkiní, Escárcega, Carmen y Palizada, del estado de Campeche. Recordaron que en el caso del municipio de Campeche no existe autorización para la siembra pues dicho municipio no fue incluido como parte del permiso solicitado.
“En consecuencia, la siembra de soya transgénica en cualquiera de los municipios señalados (los 8 protegidos por la sentencia de la SCJN y el de Campeche) constituye, además de la violación de un mandato judicial, posibles delitos de carácter federal que ameritarían una investigación por parte de la Procuraduría General de la República”, advirtieron.
Las comunidades señalaron que es preocupantes que las autoridades responsables de garantizar que no se efectúe la siembra y las responsables de la consulta (Sagarpa, Senasica, CIBIOGEM y CDI), no hayan aclarado los efectos de la resolución, ni establecido una postura clara para generar certidumbre a las comunidades.
Las organizaciones y los afectados pidieron que las autoridades encargadas de ejecutar la consulta se apeguen a los estándares internacionales en la materia y los lineamientos establecidos por la SCJN, incorporando las observaciones y recomendaciones que, a partir de dos informes documentados, les ha hecho llegar la “Misión de Observación” constituida para darle seguimiento al proceso de consulta. “También insistimos en que es obligación del Poder Judicial Federal garantizar que los términos de la sentencia sean cumplidos a cabalidad por las autoridades responsables. En ese sentido ya se ha solicitado al Juez Segundo de Distrito en el estado de Campeche, que garantice la adecuada ejecución de la sentencia y tome las medidas adecuadas para verificar que el mandato judicial será debidamente cumplido”, informaron.
Las comunidades reiteraron que si se está violando la suspensión de la siembra detendrán la consulta, pues ésta “no puede ser una simulación, ni tampoco es un requisito administrativo más que cumplir; es un proceso de diálogo intercultural en donde la opinión de las comunidades debe ser fundamental para determinar la continuidad o implementación de cualquier política pública que pueda afectar a los pueblos indígenas”.
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