Raúl Prada Alcoreza, ex-constituyente y ex-viceministro de planificación estratégica
Servindi.- La defensa de los territorios
indígenas de su desterritorialización extractivista y de su despojo es
pieza importante de la lucha anticapitalista y segmento fundamental de
la lucha anticolonial y descolonizadora, advirtió Raúl Prada Alcoreza.Así lo sostiene Raúl Prada, ex-constituyente y ex-viceministro de planificación estratégica en su artículo Territorios indígenas y descolonización publicado por Bolpress y que reproducimos a continuación:
Territorios indígenas y descolonización
Por Raúl Prada Alcoreza*
Al final, los lenguajes, los discursos, las teorías, son instrumentos de la vida, para la vida,
no solamente para su permanencia y reproducción, sino, sobre todo, para
su creación y recreación; la invención y reinvención de la vida. Por eso mismo, dentro de este ámbito, son herramientas de sobrevivencia, no en el sentido elemental, reductivo, sino en el sentido complejo, amplio. Si unos discurso, si unas teorías, ya no sirven para eso, se las desecha y se inventa otras, más adecuadas. Los lenguajes, los discurso, las teorías, no contienen de pos sí sentido alguno, verdades inherentes, esencias o sustancias metafísicas; los sentidos emergen de las prácticas lingüísticas, discursivas, teóricas, de la gente. Lo indispensable es usarlas como herramientas y no convertirlas en el lenguaje de la revelación, en el discurso de la verdad, en la teoría del saber absoluto. Cuando se hace esto, dejan de ser útiles para la vida, convirtiéndose, mas bien, en obstáculos para la vida y la sobrevivencia; convirtiéndose en dispositivos de poder institucionalizados. Lo que los convierte en fines, rebajando la condición humana a ser un medio para preservar la revelación, la verdad y el saber. Cuando ocurre esto, se desprecia la vida de la manera más veleidosa; se asume que matar al infiel, al que se opone a la verdad, al enemigo, al ignorante del saber absoluto, es la tarea principal, a nombre de la revelación, de la verdad, sea esta la revolución, la libertad u otra finalidad, a nombre de la “ideología” o de la ciencia. Esta inversión de valores, usando esta frase para ilustrar mejor, es un genocidio, así como un biocidio, también, en las condiciones del modelo colonial extractivista del capitalismo dependiente, es un etnocidio.
Vamos a hablar ahora de una distribución conceptual, relativa a los territorios indígenas. La importancia de este mapa conceptual tiene que ver con la problemática fundamental de las dominaciones, articuladas en las estrategias capitalistas, asentadas en los diagramas de poder colonial. En este sentido, la importancia radica en la significación histórica-política y cultural de las luchas descolonizadoras y anticapitalistas; en consecuencia, la importancia adquiere una connotación crucial en la defensa de los territorios indígenas.
Patético exhibicionismo y desesperación extractivista
El apego de los llamados gobiernos progresistas al modelo colonial extractivista del capitalismo dependiente es una clara muestra del carácter histórico-político de estos gobiernos. No dejaron ser Estado-nación subalternos; administradores de la transferencia de los recursos naturales de las periferias a los centros del sistema-mundo capitalista. Entonces son cómplices no solo de las dominaciones imperialistas, sino de mantenerlo alimentándolo con las concesiones extractivistas a las empresas trasnacionales; manteniendo, de esta manera, al ciclo dominante y hegemónico del capitalismo vigente; extractivista y financiero, inscribiendo la deuda infinita en los cuerpos de los pueblos subyugados.
El exigir que las naciones y pueblos indígenas entreguen sus tierras a la vorágine del capitalismo extractivista es la patética desesperación de comediantes, que fungen de líderes populistas, cuando, en realidad, desarman a los pueblos de su capacidad de lucha, haciendo gala de su demagogia, que se sostiene en redes clientelares. Es una clara muestra de lo distante que se está de la Constitución. Constitución que, además de establecer el carácter plurinacional del Estado, en transición, Estado plurinacional Comunitario y Autonómico, establece los derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios. Por otra parte, deja claro el carácter ecologista de la Organización Económica del Estado, al establecer la condición sustentable del “desarrollo”, definiendo las condiciones no mercantilizables de los recursos naturales, destinados al vivir bien. Este, el dispositivo gubernamental que exige a los pueblos entregar sus recursos naturales, abrir las áreas protegidas, es un gobierno que ha adoptado el modelo colonial extractivista del capitalismo dependiente.
Territorios indígenas
En primer lugar, es indispensable definir lo que se entiende por territorios indígenas. Cuando queremos hacer esto, definir el concepto de territorios indígenas, nos encontramos con distintos discursos que lo contienen; en cada discurso la interpretación es distinta. En términos del uso político, territorios indígenas, tiene que ver con las luchas de las naciones y pueblos indígenas por recuperar y reconstituir sus territorios ancestrales. Ciertamente cuando decimos esto, de recuperar y reconstituir, hablamos en el contexto de la geografía política de los Estado-nación. Esto significa que la recuperación y la reconstitución están circunscritas dentro de esta geografía. Generalmente se habla de los territorios donde están asentados los pueblos indígenas. Entonces se trata de la protección de los pueblos indígenas, de la defensa de sus culturas, de sus lenguajes, de sus instituciones, de sus normas y procedimientos propios. Para tal efecto, la lucha de los pueblos indígenas ha buscado el reconocimiento de sus territorios por parte de los Estado-nación. Naciones Unidas ha recogido las reivindicaciones, las demandas, sobre todo las conquistas de los pueblos indígenas, después de décadas de luchas descolonizadoras. Le ha dado un leguaje jurídico y ha extendido como derechos colectivos a todo el orbe planetario. Muchos Estado-nación han firmado convenios internacionales, que establecen universalmente los derechos de los pueblos indígenas. En este sentido, los territorios indígenas son territorios reconocidos internacionalmente y por los estados firmantes de los convenios internacionales.
Vulnerar estos derechos adquiridos, asumidos internacionalmente y por los estados firmantes, es violar los derechos humanos, en su extensión colectiva. En otras palabras, es violar las condiciones de posibilidad democrática, tal como han sido constituidas hasta ahora. Es comportarse despóticamente ante estos derechos establecidos. Es esto precisamente lo que pasa cuando se exige abrir las áreas protegidas a concesiones extractivistas de empresas trasnacionales.
Cuando se hace esto, violar derechos colectivos, con el desparpajo más grande, acusando, además, a los pueblos indígenas que no quieren hacerlo, de inmorales, se patentiza no solamente el despotismo más desvergonzado, sino que no se ha entendido nada de nada. No se ha entendido la Constitución, no se ha entendido el sentido primordial del llamado proceso de cambio, que es el de la descolonización. Tampoco se ha entendido el significado histórico-político, en el presente, de la democracia, del ejercicio de la democracia, que, de acuerdo con la Constitución, es participativa, directa, comunitaria, pluralista, representativa. Es como creer que basta con pretender ser indígena o parécelo para legitimar cualquier cosa, incluso actos y acciones políticas que van contra los derechos de los pueblos indígenas. Esto no es otra cosa que una desorientación enorme respecto a las emancipaciones y liberaciones en la actualidad. Y lo más grave, esto no es más que la continuación del despojo y la desposesión colonial; primero, en el periodo colonial propiamente dicho; después, en el periodo liberal, con las repúblicas; para prolongarlo con el periodo nacionalista; posteriormente, asombrosamente, para perpetuarlo en el periodo del llamado gobierno progresista, sobre todo con el denominado gobierno indígena.
La definición del concepto de territorios indígenas no queda ahí, en el uso político, “ideológico”, jurídico, incluso técnico, en las oficinas de Naciones Unidas, en las ONGs y en las instancias gubernamentales. Se ha desarrollado también como una concepción teórica de territorios indígenas. Se habla, en este sentido, de territorios indígenas, como espesores culturales; como ámbitos de relaciones entre comunidades y ciclos vitales, del agua, del aire, del suelo, de los bosques, de las cuencas. En una de las versiones de esta interpretación filosófica, el concepto de territorio indígena adquiere el carácter de arquetipo, de originariedad; se les atribuye esta connotación territorial a las comunidades originarias. Sin embargo, hay que hacer notar que para los pueblos ancestrales el territorio no es indígena o, mejor dicho, del pueblo indígena, que tampoco se consideraba como tal, sino que se nombraba como gente, como humano, en la lengua propia. El territorio no puede ser de alguien, persona o colectivo; la comunidad es la que forma parte del territorio. Lo común, en este caso, no corresponde solamente a los miembros de la comunidad o de las comunidades con las que se comparte, sino también con los otros seres con los que se convive.
Como se puede ver, a pesar de la importancia, la utilidad, “ideológica”, política, jurídica y cultural del concepto, no deja de plantear problemas hermenéuticos la decodificación y la interpretación del concepto. Problemas que hay que asumirlos plenamente, precisamente por la importancia y significación histórica que tienen los pueblos indígenas.
Otra semántica del concepto de territorios indígenas tiene que ver con la perspectiva ecológica. Los pueblos indígenas se encuentran en ecosistemas biodiversos vulnerables, forman parte de estos ecosistemas. Claro que también forman parte de los ecosistemas, en general, las ciudades, las poblaciones no indígenas; sin embargo, no hablamos de esta pertenencia ecológica, en general, sino de la vinculación de los pueblos indígenas con ecosistemas vulnerables, de las cuencas, de los bosques, de los territorios todavía no suficientemente afectados por la integración capitalista. En este sentido, territorio indígena adquiere una connotación ecológica. Hay una versión light, por así decirlo, de esta perspectiva ecológica, que es, mas bien, ambientalista; concibe a los territorios indígenas como áreas protegidas.
Después de esta breve revisión de parte de la polisemia de territorios indígenas – no podemos extendernos, por el momento -, podemos ver que más que tratarse de un concepto, estamos ante una distribución conceptual heterogénea. Distribución heterogénea que hace a una formación no solo discursiva, sino política-cultural. Esta formación discursiva-político-cultural se despliega en las sociedades contemporáneas, en los Estados-nación, en el mundo, buscando ocasionar acontecimientos emancipativos y libertarios descolonizadores. Por lo tanto, en este ánimo y activismo, busca ocasionar enunciaciones que hagan inteligible el entramado de relaciones sociales e institucionales, donde se disputan dominaciones y contrapoderes.
En consecuencia, la formación discursiva-político-cultural de la que hablamos, que nombraremos como des-colonial – preferimos usar el término que asume Silvia Rivera Cusicanqui, con la explicación del caso, que decolonial -, es una heurística y hermenéutica de contra-poder, de prácticas discursivas-políticas-culturales contra- hegemónicas.
En este sentido, la defensa de los territorios indígenas es parte de la lucha descolonizadora. Defender los territorios indígenas de su desterritorialización extractivista, de su despojamiento y desposesión por parte del capitalismo dependiente, es no solamente pieza importante de la lucha anticapitalista, no solamente segmento fundamental de la lucha anticolonial y descolonizadora, sino, sobre todo, es primordial en la defensa de la vida.
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*Raúl Prada Alcoreza es escritor, docente-investigador de la Universidad Mayor de San Andrés. Demógrafo. Miembro de Comuna, colectivo vinculado a los movimientos sociales antisistémicos y a los movimientos descolonizadores de las naciones y pueblos indígenas. Ex-constituyente y ex-viceministro de planificación estratégica. Asesor de las organizaciones indígenas del CONAMAQ y del CIDOB. Sus últimas publicaciones fueron: Largo Octubre, Horizontes de la Asamblea Constituyente y Subversiones indígenas. Su última publicación colectiva con Comuna es Estado: Campo de batalla. —- Fuente: Bolpress: http://www.bolpress.com/art.php?Cod=2015081709
Patético exhibicionismo y desesperación extractivista
El apego de los llamados gobiernos progresistas al modelo colonial extractivista del capitalismo dependiente es una clara muestra del carácter histórico-político de estos gobiernos. No dejaron ser Estado-nación subalternos; administradores de la transferencia de los recursos naturales de las periferias a los centros del sistema-mundo capitalista. Entonces son cómplices no solo de las dominaciones imperialistas, sino de mantenerlo alimentándolo con las concesiones extractivistas a las empresas trasnacionales; manteniendo, de esta manera, al ciclo dominante y hegemónico del capitalismo vigente; extractivista y financiero, inscribiendo la deuda infinita en los cuerpos de los pueblos subyugados.
El exigir que las naciones y pueblos indígenas entreguen sus tierras a la vorágine del capitalismo extractivista es la patética desesperación de comediantes, que fungen de líderes populistas, cuando, en realidad, desarman a los pueblos de su capacidad de lucha, haciendo gala de su demagogia, que se sostiene en redes clientelares. Es una clara muestra de lo distante que se está de la Constitución. Constitución que, además de establecer el carácter plurinacional del Estado, en transición, Estado plurinacional Comunitario y Autonómico, establece los derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios. Por otra parte, deja claro el carácter ecologista de la Organización Económica del Estado, al establecer la condición sustentable del “desarrollo”, definiendo las condiciones no mercantilizables de los recursos naturales, destinados al vivir bien. Este, el dispositivo gubernamental que exige a los pueblos entregar sus recursos naturales, abrir las áreas protegidas, es un gobierno que ha adoptado el modelo colonial extractivista del capitalismo dependiente.
Territorios indígenas
En primer lugar, es indispensable definir lo que se entiende por territorios indígenas. Cuando queremos hacer esto, definir el concepto de territorios indígenas, nos encontramos con distintos discursos que lo contienen; en cada discurso la interpretación es distinta. En términos del uso político, territorios indígenas, tiene que ver con las luchas de las naciones y pueblos indígenas por recuperar y reconstituir sus territorios ancestrales. Ciertamente cuando decimos esto, de recuperar y reconstituir, hablamos en el contexto de la geografía política de los Estado-nación. Esto significa que la recuperación y la reconstitución están circunscritas dentro de esta geografía. Generalmente se habla de los territorios donde están asentados los pueblos indígenas. Entonces se trata de la protección de los pueblos indígenas, de la defensa de sus culturas, de sus lenguajes, de sus instituciones, de sus normas y procedimientos propios. Para tal efecto, la lucha de los pueblos indígenas ha buscado el reconocimiento de sus territorios por parte de los Estado-nación. Naciones Unidas ha recogido las reivindicaciones, las demandas, sobre todo las conquistas de los pueblos indígenas, después de décadas de luchas descolonizadoras. Le ha dado un leguaje jurídico y ha extendido como derechos colectivos a todo el orbe planetario. Muchos Estado-nación han firmado convenios internacionales, que establecen universalmente los derechos de los pueblos indígenas. En este sentido, los territorios indígenas son territorios reconocidos internacionalmente y por los estados firmantes de los convenios internacionales.
Vulnerar estos derechos adquiridos, asumidos internacionalmente y por los estados firmantes, es violar los derechos humanos, en su extensión colectiva. En otras palabras, es violar las condiciones de posibilidad democrática, tal como han sido constituidas hasta ahora. Es comportarse despóticamente ante estos derechos establecidos. Es esto precisamente lo que pasa cuando se exige abrir las áreas protegidas a concesiones extractivistas de empresas trasnacionales.
Cuando se hace esto, violar derechos colectivos, con el desparpajo más grande, acusando, además, a los pueblos indígenas que no quieren hacerlo, de inmorales, se patentiza no solamente el despotismo más desvergonzado, sino que no se ha entendido nada de nada. No se ha entendido la Constitución, no se ha entendido el sentido primordial del llamado proceso de cambio, que es el de la descolonización. Tampoco se ha entendido el significado histórico-político, en el presente, de la democracia, del ejercicio de la democracia, que, de acuerdo con la Constitución, es participativa, directa, comunitaria, pluralista, representativa. Es como creer que basta con pretender ser indígena o parécelo para legitimar cualquier cosa, incluso actos y acciones políticas que van contra los derechos de los pueblos indígenas. Esto no es otra cosa que una desorientación enorme respecto a las emancipaciones y liberaciones en la actualidad. Y lo más grave, esto no es más que la continuación del despojo y la desposesión colonial; primero, en el periodo colonial propiamente dicho; después, en el periodo liberal, con las repúblicas; para prolongarlo con el periodo nacionalista; posteriormente, asombrosamente, para perpetuarlo en el periodo del llamado gobierno progresista, sobre todo con el denominado gobierno indígena.
La definición del concepto de territorios indígenas no queda ahí, en el uso político, “ideológico”, jurídico, incluso técnico, en las oficinas de Naciones Unidas, en las ONGs y en las instancias gubernamentales. Se ha desarrollado también como una concepción teórica de territorios indígenas. Se habla, en este sentido, de territorios indígenas, como espesores culturales; como ámbitos de relaciones entre comunidades y ciclos vitales, del agua, del aire, del suelo, de los bosques, de las cuencas. En una de las versiones de esta interpretación filosófica, el concepto de territorio indígena adquiere el carácter de arquetipo, de originariedad; se les atribuye esta connotación territorial a las comunidades originarias. Sin embargo, hay que hacer notar que para los pueblos ancestrales el territorio no es indígena o, mejor dicho, del pueblo indígena, que tampoco se consideraba como tal, sino que se nombraba como gente, como humano, en la lengua propia. El territorio no puede ser de alguien, persona o colectivo; la comunidad es la que forma parte del territorio. Lo común, en este caso, no corresponde solamente a los miembros de la comunidad o de las comunidades con las que se comparte, sino también con los otros seres con los que se convive.
Como se puede ver, a pesar de la importancia, la utilidad, “ideológica”, política, jurídica y cultural del concepto, no deja de plantear problemas hermenéuticos la decodificación y la interpretación del concepto. Problemas que hay que asumirlos plenamente, precisamente por la importancia y significación histórica que tienen los pueblos indígenas.
Otra semántica del concepto de territorios indígenas tiene que ver con la perspectiva ecológica. Los pueblos indígenas se encuentran en ecosistemas biodiversos vulnerables, forman parte de estos ecosistemas. Claro que también forman parte de los ecosistemas, en general, las ciudades, las poblaciones no indígenas; sin embargo, no hablamos de esta pertenencia ecológica, en general, sino de la vinculación de los pueblos indígenas con ecosistemas vulnerables, de las cuencas, de los bosques, de los territorios todavía no suficientemente afectados por la integración capitalista. En este sentido, territorio indígena adquiere una connotación ecológica. Hay una versión light, por así decirlo, de esta perspectiva ecológica, que es, mas bien, ambientalista; concibe a los territorios indígenas como áreas protegidas.
Después de esta breve revisión de parte de la polisemia de territorios indígenas – no podemos extendernos, por el momento -, podemos ver que más que tratarse de un concepto, estamos ante una distribución conceptual heterogénea. Distribución heterogénea que hace a una formación no solo discursiva, sino política-cultural. Esta formación discursiva-político-cultural se despliega en las sociedades contemporáneas, en los Estados-nación, en el mundo, buscando ocasionar acontecimientos emancipativos y libertarios descolonizadores. Por lo tanto, en este ánimo y activismo, busca ocasionar enunciaciones que hagan inteligible el entramado de relaciones sociales e institucionales, donde se disputan dominaciones y contrapoderes.
En consecuencia, la formación discursiva-político-cultural de la que hablamos, que nombraremos como des-colonial – preferimos usar el término que asume Silvia Rivera Cusicanqui, con la explicación del caso, que decolonial -, es una heurística y hermenéutica de contra-poder, de prácticas discursivas-políticas-culturales contra- hegemónicas.
En este sentido, la defensa de los territorios indígenas es parte de la lucha descolonizadora. Defender los territorios indígenas de su desterritorialización extractivista, de su despojamiento y desposesión por parte del capitalismo dependiente, es no solamente pieza importante de la lucha anticapitalista, no solamente segmento fundamental de la lucha anticolonial y descolonizadora, sino, sobre todo, es primordial en la defensa de la vida.
—
*Raúl Prada Alcoreza es escritor, docente-investigador de la Universidad Mayor de San Andrés. Demógrafo. Miembro de Comuna, colectivo vinculado a los movimientos sociales antisistémicos y a los movimientos descolonizadores de las naciones y pueblos indígenas. Ex-constituyente y ex-viceministro de planificación estratégica. Asesor de las organizaciones indígenas del CONAMAQ y del CIDOB. Sus últimas publicaciones fueron: Largo Octubre, Horizontes de la Asamblea Constituyente y Subversiones indígenas. Su última publicación colectiva con Comuna es Estado: Campo de batalla. —- Fuente: Bolpress: http://www.bolpress.com/art.php?Cod=2015081709
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